martes, 4 de junio de 2013

Trabajo 7 2do parcial: Derecho Laboral



La Revolución Industrial dio origen a grados de explotación solo comparables con la esclavitud en sus formas más abusivas, sometiendo a los trabajadores a condiciones de esfuerzo, horario, peligros, enfermedades profesionales, falta de descanso y remuneración ínfima que no había sufrido, durante los siglos anteriores, el campesinado del que los trabajadores provenían en general. Se destacaba en ese cuadro la explotación inhumana del trabajo infantil, particularmente en la minería. Facilitaba toda esta situación la existencia de enormes contingentes de trabajadores desocupados cuya condición era aún más mísera, y que podían sustituir a cualquier asalariado que protestara por sus condiciones de trabajo.
Fueron surgiendo en forma espontánea y esporádica diversos tipos de protestas, como las manifestaciones, la huelga, la ocupación de fábricas y el sabotaje, que precedieron a la formación de organizaciones de trabajadores (los sindicatos).
El ejercicio del poder político por representantes de los sectores sociales beneficiarios de esta situación aseguraba su mantenimiento. En nombre de la libertad individual se sostenía que los Estados no debían legislar interfiriendo en la "libre contratación" entre empleadores y trabajadores. La intervención del Estado en los conflictos laborales se limitó durante mucho tiempo a la represión de las protestas, consideradas ilícitas, mediante la acción policial o militar.
Durante el siglo XIX fueron naciendo diversas corrientes que desde ángulos distintos exigieron la intervención del Estado en defensa de los trabajadores, como las escuelas intervencionistas y las escuelas socialistas.
Las escuelas intervencionistas quieren que el Estado proteja, por medio de una política adecuada, a las clases sociales perjudicadas con la libre distribución de la riqueza.
El socialismo, particularmente en su desarrollo formulado por Karl Marx, procuraba sustituir la estructura capitalista por un régimen en que no existiera la propiedad privada de los medios de producción ni la explotación por unos seres humanos de la fuerza de trabajo de otros. El objeto del socialismo es la emancipación de los proletarios por obra revolucionaria de los mismos proletarios.
La Iglesia católica adoptó inicialmente, durante mucho tiempo, una actitud de condena sistemática de todas las tendencias que pretendían imponer límites a la libre explotación del trabajo ajeno. Su evolución solo comenzó a fines del siglo XIX. Lo que hoy se conoce como "doctrina social de la Iglesia" tuvo sus principales jalones son las Encíclicas Rerum Novarum (1891), Quadragesimo Anno (1931), Mater et Magistra (1961) y Laborem exercens (1981). La Rerum Novarum abogó por la reglamentación de las horas de trabajo, del trabajo femenino y de menores. Asimismo condenó la fijación de un salario insuficiente, declarando un deber de estricta justicia del patrón pagar al asalariado una remuneración que le permita vivir en condiciones humanas. Las otras encíclicas complementaron y ampliaron la primera.
El trabajador que presta sus servicios subordinadamente ha pasado de ser un esclavo en la Edad antigua, un siervo de la Edad Media (conocido también como el siervo de la gleba), a un sujeto con derechos y libertades en la actualidad. El Derecho ha venido a regular condiciones mínimas necesarias para una estabilidad social.
El surgimiento de las primeras leyes laborales data desde la segunda mitad del siglo XIX, y más tardíamente en unos países que en otros. En 1919, con el Tratado de Versalles que puso fin a la primera guerra mundial, el derecho del trabajo adquiere respaldo internacional plasmado en la creación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Hay definiciones filosóficas, económicas y físicas del trabajo. No obstante, para el Derecho laboral lo que importa es que rige el trabajo subordinado. La actividad del médico independiente o del artista, u otros profesionales independientes, están fuera del interés del Derecho laboral. Donde cese la subordinación, cesa la aplicación del derecho laboral [cita requerida].
Actualmente se han excluido de su empleo en el léxico jurídico-laboral términos anacrónicos referidos a "obreros" o "patrones", que marcan líneas ideológicas. Por otro lado, no resulta del todo adecuado denominar empresario al empleador. Se reserva esta última expresión a quienes han montado una empresa, y que puede tener o no trabajadores en relación de dependencia, por lo que resulta equívoca para hacerla un elemento determinante de la relación de trabajo




Trabajo 6 2do parcial: Derechos Humanos

Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos1 que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, «sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición».2
Para autores iusnaturalistas los derechos humanos son independientes o no dependen exclusivamente del ordenamiento jurídico vigente, por lo que son considerados fuente del Derecho; sin embargo desde el positivismo jurídico la realidad es que solamente los países que suscriben los Pactos Internacionales de Derechos Humanos (Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y sus Protocolos -Carta Internacional de Derechos Humanos- están obligados jurídicamente a su cumplimiento.3 Así, por ejemplo, en relación con la pena de muerte, contraria a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte no ha sido firmado por países como la República Popular China, Irán, Estados Unidos, Vietnam, Japón, India o Guatemala.4
Desde un punto de vista más relacional, los derechos humanos se han definido como las condiciones que permiten crear una relación integrada entre la persona y la sociedad, que permita a los individuos ser personas jurídicas, identificándose consigo mismos y con los otros

Origen cultural

Existe un importante debate sobre el origen cultural de los derechos humanos. Generalmente se considera que tienen su raíz en la cultura occidental moderna, pero existen al menos dos posturas principales más.15 Algunos afirman que todas las culturas poseen visiones de dignidad que se plasman en forma de derechos humanos, y hacen referencia a proclamaciones como la Carta de Mandén, de 1222, declaración fundacional del Imperio de Malí. No obstante, ni en japonés16 ni en sánscrito clásico,17 por ejemplo, existió el término derecho hasta que se produjeron contactos con la cultura occidental, ya que estas culturas han puesto tradicionalmente el acento en los deberes. Existen también quienes consideran que Occidente no ha creado la idea ni el concepto de derechos humanos, aunque sí una manera concreta de sistematizarlos, una discusión progresiva y el proyecto de una filosofía de los derechos humanos.18
Las teorías que defienden la universalidad de los derechos humanos se suelen contraponer al relativismo cultural, que afirma la validez de todos los sistemas culturales y la imposibilidad de cualquier valoración absoluta desde un marco externo, que en este caso serían los derechos humanos universales. Entre estas dos posturas extremas se sitúa una gama de posiciones intermedias. Muchas declaraciones de derechos humanos emitidas por organizaciones internacionales regionales ponen un acento mayor o menor en el aspecto cultural y dan más importancia a determinados derechos de acuerdo con su trayectoria histórica. La Organización para la Unidad Africana proclamó en 1981 la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, que recogía principios de la Declaración Universal de 1948 y añadía otros que tradicionalmente se habían negado en África, como el derecho de libre determinación o el deber de los Estados de eliminar todas las formas de explotación económica extranjera. Más tarde, los Estados africanos que acordaron la Declaración de Túnez, el 6 de noviembre de 1993, afirmaron que no puede prescribirse un modelo determinado a nivel universal, ya que no pueden desatenderse las realidades históricas y culturales de cada nación y las tradiciones, normas y valores de cada pueblo.19 En una línea similar se pronuncian la Declaración de Bangkok, emitida por países asiáticos el 22 de abril de 1993, y la declaración de El Cairo, firmada por la Organización de la Conferencia Islámica el 5 de agosto de 1990.20
También la visión occidental-capitalista de los derechos humanos, centrada en los derechos civiles y políticos se opuso a menudo durante la Guerra Fría, destacablemente en el seno de Naciones Unidas, a la del bloque socialista, que privilegiaba los derechos económicos, sociales y culturales y la satisfacción de las necesidades humanas básicas.

Trabajo 5 2do parcial: Derecho social en Mexico




Los derechos sociales son los que todos los ciudadanos o habitantes de un país poseen por el hecho de serlo. En otras palabras, son la “Consecuencia natural del estado de una persona, o de sus relaciones con respecto a otras” o la "facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida".1 Implican el acceso a los medios necesarios para tener unas condiciones de vida dignas
Los derechos sociales, como parte de los derechos humanos, aparecen recogidos de manerá expresa en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) aprobado en 1966 y que entró en vigor en 1976 y de forma más genérica en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948
Derechos sociales
Enumerándolos, los derechos sociales serían:
Ratificación
Los Derechos económicos, sociales y culturales se han ido positivando en diferentes declaraciones y pactos, tanto a nivel internacional como regional. Fueron ratificados por la ONU en 1988 a nivel internacional a partir del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y a nivel americano por el Protocolo de San Salvador. Los países signatarios de este pacto fueron Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica,Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, México, Nicaragua, Panamá,Paraguay, Perú, República Dominicana, Suriname, Uruguay y Venezuela.

Trabajo 4 2do parcial: Evolucion del estado mexicano

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Para algunos historiadores el primer territorio del estado de México se corresponde con la máxima extensión del llamado Imperio Mexica del cual deriva su nombre, en cualquier caso ese territorio abarcaba la totalidad del territorio que abarca en el inicio del siglo XXI, alcanzando las costas del océano Pacifico y el Golfo de México, este territorio formado por diferentes pueblos, tenia como común denominador el reconocerse como vasallo de algunos de los Huey Tlatoani de la Triple Alianza, mas administrativamente tenia una gran variedad de sistemas políticos, sociales y administrativos, por lo que no se le considera de hecho como un estado moderno, asimilándosele como una especie de confederación, es en base a esto que se debate su utilidad como punto de partida para el primer territorio del estado
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Luego de varias discusiones es creado el Distrito Federal el 18 de Noviembre de 1824, por lo cual la legislatura estatal crea un nuevo distrito llamado México o Ciudad de México que comprendía un radio de 2 leguas "unos 8320 metros" medido a partir del centro de la plaza mayor de la Plaza de la Constitución de la ciudad de México, al contrario de lo que se cree, este territorio federal siguió perteneciendo al estado de México como un distrito, aunque como algunas poblaciones distritos, partidos y municipios, quedaron parcialmente dentro del territorio federal, como fue el caso de la Villa de Guadalupe, Azcapotzalco, Tacubaya, Tacuba, La Piedad, Mexicaltzingo y la Magdalena Mixhuca, implico problemas de competencia, los gobiernos locales de estas comunidades se vieron de pronto desposeídas de su soberanía sobre parte de su territorio, en el caso de la ciudad de México fue total, los antiguos tres ayuntamientos de la ciudad, habían sido fusionados desde 1812, creándose un único ayuntamiento, al cual le fue quitada la facultad de tener un presidente municipal, quedando solo la elección de los regidores y síndicos, los cuales debían acatar las órdenes del Gobernador del Distrito Federal. Para saldar en parte esto el gobierno federal emitió un decreto el 16 de abril de 1826 por el cual las poblaciones cuyo territorio quedaran mayoritariamente dentro del territorio federal, quedarían administrativamente como parte del Distrito Federal, aunque aun se seguirían aplicando muchas de las leyes del estado en ese territorio, por este motivo las Guardias Nacionales del Distrito Federal se inscribían en las capitales distritales de la zona, las cuales fueron, en diferentes momentos Coyoacan, San Agustín de las Cuevas, Mexicaltzingo y Tlanepantla.4 5 6 .
Por el problema de competencias administrativas los gobiernos estatal y federal llegaron a un acuerdo por el cual el gobierno estatal mudo su cede de la ciudad de México a Texcoco en 1825, pero por la falta de comunicaciones fáciles para esta ciudad se opto por mudarla a la entonces ciudad de San Agustín de las Cuevas hoy Tlalpan en 1827, pero la cercanía con la ciudad de México causaba aun problemas de competencia y evitaba dar un servicio adecuado a la población del oeste del estado, por eso en 1830 se decidió mudarla definitivamente a Toluca en el valle de Toluca

Trabajo 3 2do parcial: Los 3 poderes

Los tres poderes del Estado:

La división de poderes constituye la base de la organización política de las sociedades actuales.

En México, el poder público federal y estatal está organizado bajo el principio de la división de poderes.

La organización política de México divide el ejercicio del poder público en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. Cada uno de ellos realiza funciones específicas, que la Constitución Mexicana expresa; sin embargo, no laboran aisladamente, mantienen relaciones necesarias que enriquecen su quehacer constitucional.


Poder Ejecutivo

Está depositado en una sola persona, el presidente de la república, quien es electo en forma popular, directa, secreta y mayoritaria. Dura 06 años en su cargo y jamás puede volver a desempeñarlo. El presidente actual del país es Felipe Calderón Hinojosa, desde el día 06 de diciembre del año 2006. (Artículo 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)

Su función principal es ejecutar las leyes aprobadas por los órganos legislativos, es decir, está facultado para organizar la administración pública de acuerdo con las leyes constitucionales.

Para realizar las funciones que le competen, el presidente de la república recibe apoyo de los secretarios de Estado y de otros funcionarios. (Artículo 87 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)

Las Secretarias actuales son:
• Secretaría de Gobernación (SEGOB), Francisco Blake Mora.
• Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Patricia Espinosa Cantellano.
• Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), Guillermo Galván Galván.
• Secretaría de Marina (SEMAR), Mariano Francisco Saynez Mendoza.
• Secretaría de Seguridad Pública (SSP), Genaro García Luna.
• Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Ernesto Cordero Arroyo.
• Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), Heriberto Félix Guerra.
• Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Juan Rafael Elvira Quezada.
• Secretaría de Energía (SENER), Georgina Kessel Martínez.
• Secretaría de Economía (SE), Bruno Ferrari García de Alba.
• Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), Alberto Cárdenas Jiménez.
• Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), Juan Molinar Horcasitas.
• Secretaría de Educación Pública (SEP), Alonso Lujambio.
• Secretaría de Salud (SS), José Ángel Córdova Villalobos.
• Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Javier Lozano Alarcón.
• Procuraduría General de la República (PGR), Arturo Chávez Chávez.
• Secretaría de Turismo (SECTUR), Gloria Guevara Manzo.
• Secretaría de la Reforma Agraria (SRA), Abelardo Escobar Prieto.
• Secretaría de la Función Pública (SFP), Salvador Vega Casillas.

Son facultades del presidente de la república: (Articulo 89 de la Constitución de Política de los Estados Unidos Mexicanos)

• Organizar y dirigir la política y administración pública, a través de las secretarías de Estado y otras dependencias.
• Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión.
• Nombrar a los secretarios de Estado.
• Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales con aprobación del Senado.
• Convocar al Congreso de la Unión a sesiones extraordinarias cuando lo acuerde la Comisión Permanente.
• Designar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia y a los magistrados de los tribunales federales.
• Nombrar a los agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del Senado.



Poder Legislativo


Tiene la facultad de elaborar las leyes que rigen la vida social o de modificar las ya existentes de acuerdo con la opinión de los ciudadanos. En México, el poder Legislativo se deposita en un Congreso General (Congreso de la Unión), constituido por la Cámara de Senadores (representantes directos de los ciudadanos de los estados) y por la Cámara de Diputados. En algunos países, la reunión de los miembros de este poder es denominado Parlamento, Asamblea Nacional o Congreso.

La Cámara de Diputados se compone de representantes de la Nación electos en su totalidad cada tres años. Son 500 Diputados en total. (Artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)

La Cámara de Senadores, se compone de dos miembros por cada estado y dos por el Distrito Federa (64 en total), nombrados en elección directa, se renueva por mitad cada tres años. (Artículo 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)

Estas Cámaras las integran grupos de ciudadanos, y su función primordial es representar al pueblo en las labores políticas y la elaboración de las leyes. Tanto diputados como senadores son electos por el pueblo mexicano a través del voto directo y secreto.

Las facultades del Congreso de la Unión son las siguientes: (Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)
• Elaborar iniciativas de ley, discutirlas y aprobarlas en su caso.
• Dictar leyes sobre salubridad general de la república.
• Admitir nuevos estados en la federación.
• Aprobar las contribuciones para cubrir el gasto público.
• Aprobar las bases y condiciones para la celebración de empréstitos (préstamo que toma una entidad).
• Legislar sobre hidrocarburos, minería, comercio y otros aspectos.
• Crear y suprimir empleos públicos de la federación.
• Expedir leyes sobre las características y usos de la Bandera, Escudo e Himno Nacionales,


Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados las siguientes: (Artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)
• Discutir y aprobar anualmente el presupuesto de egresos de la federación.
• Erigirse en Colegio Electoral para ejercer las atribuciones respecto a la elección de presidente de la República.

Su presidente es Francisco Javier Ramírez Acuña y su vicepresidente es Francisco Javier Salazar Sáenz
.
Son facultades exclusivas del Senado las siguientes: (Artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)

• Aprobar los tratados internacionales.
• Aprobar los nombramientos de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
• Admitir nuevos estados en la federación.

Su presidente es Carlos Navarrete Ruiz.

Poder Judicial

Se deposita el poder Judicial de la federación en la Suprema Corte de Justicia, los Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en los Juzgados de Distrito. Se integran por ministros, magistrados y jueces. (Artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos)

La función principal del poder Judicial consiste en la administración de justicia, es decir, se encarga de conocer y resolver los conflictos que surgen entre los órganos del poder público; entre el poder público y los particulares o entre los particulares.

Los tribunales de la federación están facultados para resolver los problemas que se produzcan por los actos u omisiones de:
• Los funcionarios que violen las garantías individuales.
• Las autoridades federales que limiten la soberanía de los estados.
• Las autoridades de los estados que invadan la autoridad federal.

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia (Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, presidente, Ministro Luis María Aguilar Morales, Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Ministro José Ramón Cossío Díaz, Ministro José Fernando Franco González Salas, Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos, Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Ministro Juan N. Silva Meza, Ministro Sergio A. Valls Hernández, Ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea), son designados por el presidente de la república y los ratifica la Cámara de Senadores. Los magistrados y los jueces son designados por la Suprema Corte de Justicia de la federación.


 He aqui un video con una explicacion de ello

 

Trabajo 2 2do parcial: Organizacion territorial del Estado de Mexico

La organización territorial de Mexico es definida por la Consitucion politica de 1917. Este documento define al país como un Estado federal que se gobierna bajo la forma de una republica. El territorio del país está dividido en 31 entidades federativas y un Distrito Federal. De ellas, 31 son estados libres y soberanos a los que se reconoce el derecho de dotarse de una constitucion y cuerpos de gobierno propios. La entidad federativa restante es el Distrito federal, territorio bajo dominio compartido de la Federación mexicana y los órganos de gobierno locales

Estados

Los estados de la Federación Mexicana son libres, soberanos, autónomos e independientes entre sí. Tienen la libertad de gobernarse según sus propias leyes; tienen una constitución propia que no ha de contradecir la constitución federal aunque ésta última sólo abarca temas de competencia nacional. Los estados no pueden realizar alianzas con otros estados ni con ninguna nación independiente sin el permiso de toda la federación salvo aquellos acuerdos de defensa y protección que mantengan los estados fronterizos en caso de una invasión. La organización política de cada estado se basa en una separación de poderes en un congresual: el poder legislativo recae sobre un congreso unicameral a diferencia de la federación donde existen dos cámaras, el poder ejecutivo es independiente del legislativo y recae sobre un gobernador electo por sufragio universal y su gabinete, y el poder judicial recae sobre un Tribunal Superior de Justicia. Dado que los estados tienen autonomía legal, cada uno tiene sus propios códigos civil y penal y un cuerpo judicial.
En el Congreso de la Union, las entidades federativas –los Estados y el Distrito Federal– son representados por tres senadores: dos electos por sufragio universal en base al principio de mayoría relativa y uno asignado al partido que obtenga la primera minoría. Además, la federación conforma una circunscripción de la cual se eligen 32 senadores según el método de Representacion Proporcional con listas abiertas de partido. Los diputados, por el contrario, no representan a los estados, sino a los ciudadanos. La Camara de Diputados y el Senado integran el Congreso de la U
nion.

Organización interna de los estados

Los estados se dividen internamente en municipios. Cada municipio goza de autonomía en su capacidad para elegir a su propio ayuntamiento, el cual es responsable, en la mayoría de los casos, de proveer todos los servicios públicos que requiera su población. A este concepto, que surgiría de la Revolucion mexicana se le conoce como "municipio libre". El ayuntamiento es encabezado por un presidente municipal, elegido cada tres años y sin posibilidad de reelección inmediata. Cada municipio posee un cabildo integrado por regidores en función de su tamaño poblacional. En total en México hay 2438 municipios; el estado con el mayor número de municipios es Oaxaca, con 570, y los estados con el menor número son Baja california y Baja california Sur, con sólo 5.

Trabajo 1 2do parcial: Estado de Mexico

Estado de México

El estado de México (oficialmente Estado Libre y Soberano de México), es uno de los 31 estados que junto con el Distrito Federal conforman las 32 entidades federativas de México.
Se encuentra en el centro sur del país y posee una superficie mayor a 21 mil km2. Su gentilicio es mexiquense, para distinguirse de los ciudadanos del país de México, llamados mexicanos. La entidad mexiquense limita al norte con Querétaro e Hidalgo, al sur con Morelos y Guerrero; al oeste con Michoacán, al este con Tlaxcala y Puebla, y rodea al Distrito Federal. Con sus más de quince millones de habitantes es la entidad mexicana con mayor número de habitantes, de los cuales más de dos tercios se concentran en la Zona Metropolitana del Valle de México. La capital del estado es la ciudad de Toluca.
Su constitución política recae esencialmente en el pueblo mexiquense, y se administra por medio de tres poderes esenciales: ejecutivo, legislativo y judicial; asimismo, el municipio es la base de su división territorial y de su organización política y administrativa.

 

Toponimia

El nombre del estado de México se debe a México-Tenochtitlan, antigua capital de los mexicas. Deriva del vocablo náhuatl Mēxihco [me:ʃiʔko], que designaba la capital de los mexicas. De acuerdo con Bernardino de Sahagún, el vocablo significa En el ombligo de la luna.4 La hipótesis ha sido objetada porque la morfología del náhuatl no admite una derivación del topónimo a partir de las voces propuestas.5 Clavijero sugería que el topónimo debía interpretarse como Lugar de Mexitli, es decir, de Huitzilopochtli, pues Mexitli era uno de sus nombres alternativos.6
Durante la época virreinal, México era el nombre de una de las provincias de Nueva España. Cuando el Imperio Mexicano adquirió su independencia, esta provincia conservó su nombre, pues la Ciudad de México era su capital. Con la instauración del sistema federal, el estado de México se vio precisado a ceder su capital para que albergara los poderes federales, pero siguió conservando su nombre a pesar de que la ciudad que es origen del mismo ya no forma parte de su territorio.